RENDICION DE CUENTAS Y BALANCE DE EJECUCION PRESUPUESTAL. EJERCICIO 1968




Promulgación: 07/01/1970
Publicación: 09/01/1970
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 1970
  •    Página: 34

Referencias a toda la norma

CAPITULO VII - MINISTERIO DE DEFENSA NACIONAL

Artículo 71

  Créase en el Servicio de Sanidad de las Fuerzas Armadas, una partida 
anual de $ 6:000.000 (seis millones de pesos) con destino a la 
contratación de médicos para las policlínicas del Hospital Militar 
Central de las Fuerzas Armadas y para Guarniciones del interior del país, como también para pagos de servicios especiales del personal técnico o idóneo en el Servicio de Sanidad de las Fuerzas Armadas. (*)
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