RENDICION DE CUENTAS Y BALANCE DE EJECUCION PRESUPUESTAL. EJERCICIO 1968




Promulgación: 07/01/1970
Publicación: 09/01/1970
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 1970
  •    Página: 34

Referencias a toda la norma

CAPITULO VII - MINISTERIO DE DEFENSA NACIONAL

Artículo 66

  Destínase para la Prefectura General Marítima y por una sola vez la 
cantidad de $ 1:500.000 (un millón quinientos mil pesos) para la instalación de las Prefecturas de los Puertos de Paysandú y Salto y la 
Sub-Prefectura del Puerto de Bella Unión.
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