RENDICION DE CUENTAS Y BALANCE DE EJECUCION PRESUPUESTAL. EJERCICIO 1968




Promulgación: 07/01/1970
Publicación: 09/01/1970
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 1970
  •    Página: 34

Referencias a toda la norma

CAPITULO XII - MINISTERIO DE INDUSTRIA Y COMERCIO

Artículo 150

  Exclúyese del régimen establecido por el artículo 440 de la Ley N.o 
13.640, de 26 de diciembre de 1967, la liquidación de honorarios de los profesionales que intervengan en el contralor de las importaciones de materias primas y demás dictámenes técnicos que requiera la Dirección de Industrias y estudios referentes a Marcas y Patentes y Privilegios Industriales que ordene la Dirección de la Propiedad Industrial.
La presente disposición será reglamentada por el Poder Ejecutivo.


(*)Notas:
Reglamentado por: Decreto Nº 273/970 de 11/06/1970.
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