RENDICION DE CUENTAS Y BALANCE DE EJECUCION PRESUPUESTAL. EJERCICIO 1968




Promulgación: 07/01/1970
Publicación: 09/01/1970
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 1970
  •    Página: 34

Referencias a toda la norma

CAPITULO X - MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES

Artículo 133

  Serán de aplicación para los funcionarios del Ministerio de Relaciones 
Exteriores, las disposiciones contenidas en los artículos 73 de la Ley N° 
13.608, de 8 de setiembre de 1967; 127 de la Ley N.o 13.640, de 26 de 
diciembre de 1967; y 79 de la Ley N° 13.737, de 9 de enero de 1969.

                          
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