PLAN NACIONAL DE VIVIENDAS




Promulgación: 17/12/1968
Publicación: 27/12/1968
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 2
  •    Semestre: 2
  •    Año: 1968
  •    Página: 2949
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CAPITULO IV - DEL CREDITO
SECCION 6 - METAS Y PRIORIDADES

Artículo 62

   Los planes quinquenales y anuales de vivienda fijarán las metas a 
alcanzar para cada categoría de préstamo, determinando el número de 
viviendas a financiar por tipo, categoría de ingreso de la familia y ubicación. La reglamentación establecerá un sistema de prioridades que asegure que los recursos no se desvíen del destino planeado en perjuicio de las familias de menos ingresos, o de los programas de Viviendas de Interés Social.

(*)Notas:
Ver en esta norma, artículo: 73.
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