PRESUPUESTO NACIONAL DE SUELDOS GASTOS E INVERSIONES. EJERCICIO 1968 1972




Promulgación: 26/12/1967
Publicación: 30/01/1968
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 2
  •    Semestre: 2
  •    Año: 1967
  •    Página: 2362

Referencias a toda la norma

SECCION II - RETRIBUCIONES PERSONALES Y COMPLEMENTARIAS
CAPITULO I - RETRIBUCIONES Y COMPLEMENTOS EJERCICIO 1967

Artículo 8

La Prima por Hogar Constituído y las Asignaciones Familiares que se hayan 
liquidado por el período comprendido entre el 1.o de julio y el 31 de 
diciembre de 1967 se reliquidarán sobre la base de las siguientes cantidades:

    a) Prima por Hogar Constituído 1.800.00 ...........mensuales
    b) Asignaciones Familiares
 
        Por el ler. beneficiario.................... 600.00   "
        Por el 2do. beneficiario.................... 650.00   "
        Por el 3er. beneficiario.................... 750.00   "
        Por el 4to. beneficiario y siguientes....... 850.00   "  c/u

Las Primas por Hogar Constituido y las Asignaciones Familiares que se
hubieran liquidado por importes superiores a los establecidos
precedentemente, no sufrirán reliquidación.
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