PRESUPUESTO NACIONAL DE SUELDOS GASTOS E INVERSIONES. EJERCICIO 1968 1972




Promulgación: 26/12/1967
Publicación: 30/01/1968
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 2
  •    Semestre: 2
  •    Año: 1967
  •    Página: 2362

Referencias a toda la norma

SECCION III
CAPITULO III - MINISTERIO DEL INTERIOR

Artículo 77

El Escalafón Policial a que se refiere el anterior, se dividirá en la 
siguiente forma:

a) Personal de policía activa.
b) Personal policial con funciones administrativas.
c) Personal policial con funciones técnicas.
d) Personal policial con funciones especializadas.
e) Personal policial de servicios generales.

(*)Notas:
Ver en esta norma, artículo: 83.
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