PRESUPUESTO NACIONAL DE SUELDOS GASTOS E INVERSIONES. EJERCICIO 1968 1972




Promulgación: 26/12/1967
Publicación: 30/01/1968
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 2
  •    Semestre: 2
  •    Año: 1967
  •    Página: 2362

Referencias a toda la norma

SECCION X - NORMAS DE ORDENAMIENTO FINANCIERO

Artículo 460

Amplíase hasta el 25 % (veinticinco por ciento) del Presupuesto Nacional 
de Sueldos, Gastos e Inversiones vigente en cada ejercicio, o su equivalente en moneda extranjera, el monto autorizado para la emisión de Letras de Tesorería a que se refiere la ley N° 13.135 del 28 de junio de 1963, emisión que podrá colocarse incluso por licitación. 
En caso de llamarse a licitación, las ofertas presentadas podrán ser 
rechazadas total o parcialmente y las adjudicaciones se harán a las que ofrezcan las condiciones consideradas más convenientes en cuanto a plazo, 
cotizaciones, y tipos de interés los que se determinarán al tanto por ciento con dos decimales.
En caso de ofertas equivalentes se prorrateará hasta colocar la suma que 
se decida aceptar.


(*)Notas:
Reglamentado por: Decreto Nº 576/969 de 18/11/1969.
Ver en esta norma, artículo: 461.
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