PRESUPUESTO NACIONAL DE SUELDOS GASTOS E INVERSIONES. EJERCICIO 1968 1972




Promulgación: 26/12/1967
Publicación: 30/01/1968
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 2
  •    Semestre: 2
  •    Año: 1967
  •    Página: 2362

Referencias a toda la norma

SECCION VIII - NORMAS DE EJECUCION PRESUPUESTAL

Artículo 422

A los efectos de la contabilidad presupuestal, los rubros se desarrollarán
en los sub-rubros estipulados o que se estipulen por decreto del Poder
Ejecutivo.
En caso del Rubro de Retribuciones de Servicios Personales dicho
desarrollo se hará al nivel establecido en los Programas respectivos.
Ayuda