PRESUPUESTO NACIONAL DE SUELDOS GASTOS E INVERSIONES. EJERCICIO 1968 1972




Promulgación: 26/12/1967
Publicación: 30/01/1968
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 2
  •    Semestre: 2
  •    Año: 1967
  •    Página: 2362

Referencias a toda la norma

SECCION VII
CAPITULO I - FONDO NACIONAL DE INVERSIONES

Artículo 405

Para el caso que en alguno de los años correspondientes al período de
vigencia de esta ley, no se sancione la Ley de Rendición de Cuentas a que
se refiere el artículo 214 de la Constitución de la República, el
Ministerio de Obras Públicas podrá seguir ejecutando el Plan de
Inversiones a su cargo dentro del margen de las partidas autorizadas para
el quinquenio, de acuerdo con el Calendario de Inversiones que aprobará el
Poder Ejecutivo, dando cuenta a la Asamblea General.
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