SECCION III CAPITULO VII - MINISTERIO DE INDUSTRIA Y COMERCIO
Artículo 179
Las vacantes del último grado que se produzcan en los Escalafones
Administrativos (Código Ab), Especializado (Código Ac) y de Servicio
(Código Ad) del Programa 11 del Inciso 8 se suprimirán y el importe
respectivo reforzará el Rubro 0, Renglón 021 (Personal Contratado).