PRESUPUESTO NACIONAL DE SUELDOS GASTOS E INVERSIONES. EJERCICIO 1968 1972




Promulgación: 26/12/1967
Publicación: 30/01/1968
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 2
  •    Semestre: 2
  •    Año: 1967
  •    Página: 2362

Referencias a toda la norma

SECCION III
CAPITULO VI - MINISTERIO DE GANADERIA Y AGRICULTURA

Artículo 135

Las promociones para cargos del Escalafón Técnico-Profesional clases A y
B del Ministerio de Ganadería y Agricultura se efectuarán previo concurso
de méritos y oposición en la especialización.
Los concursos se realizarán entre los titulares de los dos grados
inferiores del respectivo escalafón de todo el Inciso, en la forma que
reglamente el Poder Ejecutivo. La reglamentación podrá establecer un
número de puntaje de méritos en la especialización como condición de
admisión.
En el caso de que en los dos grados inferiores no hubiera un número de
cuatro concursantes habilitados, el llamado se formulará para todos los
grados del escalafón. Derógase el artículo 158 de la ley N.o 13.318, de
28 de diciembre de 1964.
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