EXPROPIACION DE BIEN INMUEBLE. CANELONES




Promulgación: 19/10/1966
Publicación: 01/11/1966
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 2
  •    Semestre: 2
  •    Año: 1966
  •    Página: 1469

Artículo 1

   Declárase de utilidad pública la expropiación del inmueble Padrón N.o 668 manzana 6 de la Ciudad de Canelones, con el edificio denominado "Cine Lumiere" con una superficie de 692 metros.

Artículo 2

(*)

(*)Notas:
Derogado/s por: Ley Nº 13.892 de 19/10/1970 artículo 145.

TEXTO ORIGINAL: Ley Nº 13.528 de 19/10/1966 artículo 2.

Artículo 3

(*)

(*)Notas:
Derogado/s por: Ley Nº 13.892 de 19/10/1970 artículo 145.

TEXTO ORIGINAL: Ley Nº 13.528 de 19/10/1966 artículo 3.

Artículo 4

   Exceptúase del cumplimiento de lo dispuesto por el artículo 9.o de la ley N.o 11.925, de 27 de marzo de 1953, de Ordenamiento Financiero y Reajuste Administrativo, a lo que recaude en lo sucesivo la AGADU en nombre del Consejo de Derechos de Autor, por concepto de derechos de 
autor de las obras caídas en el dominio público o que pertenezcan al Estado de conformidad a lo dispuesto por la ley N° 9.739, de Propiedad Artística y Literaria del 17 de diciembre de 1937.

Artículo 5

   Los fondos provenientes de la recaudación deberán ser entregados 
trimestralmente al Ministerio de Instrucción Pública y Previsión Social quien los verterá en el "Fondo de Desarrollo de las Ciencias, las Letras, las Artes y la Cultura", en forma que permita discriminarlos y con el exclusivo destino de financiar la adquisición y alhajamiento de teatros del interior de la República.

Artículo 6

(*)

(*)Notas:
Derogado/s por: Ley Nº 13.892 de 19/10/1970 artículo 145.

TEXTO ORIGINAL: Ley Nº 13.528 de 19/10/1966 artículo 6.

Artículo 7

   Comuníquese, etc.

HEBER - JUAN E. PIVEL DEVOTO - DARDO ORTIZ
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