El Seguro de Enfermedad del Transporte Automotor estará exonerado del
impuesto de timbres y papel sellado en todas las gestiones judiciales o
administrativas que trámite ante cualquier oficina pública, así como en
todo documento que expida en el ejercicio de su actividad. No pagará
impuestos nacionales por sus propiedades ni sobretasa inmobiliaria.
Gozará asimismo de franquicia postal. El beneficiario quedará exonerado
del impuesto de timbre en el recibo que otorgue por el cobro de su
subsidio.