MODIFICACION DE LA CARTA ORGANICA DEL BANCO DE LA REPUBLICA ORIENTAL DEL URUGUAY




Promulgación: 03/04/1963
Publicación: 15/04/1963
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 1963
  •    Página: 207

Artículo 3

   Facúltase al Banco de la República Oriental del Uruguay a extender hasta la suma de $ 28.000.000.00 (veintiocho millones de pesos) el monto del préstamo anual en cuenta corriente acordado por la ley N° 12.043 de
28 de noviembre de 1953 al Gobierno Departamental de Montevideo, conforme
a lo dispuesto por el numeral 6° del art. 19 de la ley No 9.515 de 28 de
octubre de 1935, quedando autorizado el Consejo Departamental a girar
contra esa cuenta hasta dicho límite.
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