RENDICION DE CUENTAS Y BALANCE DE EJECUCION PRESUPUESTAL. EJERCICIO 1960




Promulgación: 07/12/1961
Publicación: 22/12/1961
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 2
  •    Semestre: 2
  •    Año: 1961
  •    Página: 1496

Referencias a toda la norma

DISPOSICIONES VARIAS

Artículo 51

   En todos los casos del artículo 49 salvo los del numeral 5.o será de
aplicación la retención del 4 % (cuatro por ciento) con destino a Rentas
Generales por concepto de compensación de servicios y gastos autorizada
por el articulo 79 de la ley N.o 7.819, de 7 de febrero de 1925.
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