Los militares que hubiesen pasado a situación de retiro, con un
cómputo de más de 35 años y menos de 40 de servicios, percibirán el 90 %
de los aumentos correspondientes a los de su grado en actividad.
Los que hubiesen computado más de 40 años de servicios percibirán el
100 % de los aumentos otorgados en sueldos y compensaciones a los de su
grado en actividad.