RENDICION DE CUENTAS Y BALANCE DE EJECUCION PRESUPUESTAL. EJERCICIO 1960




Promulgación: 07/12/1961
Publicación: 22/12/1961
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 2
  •    Semestre: 2
  •    Año: 1961
  •    Página: 1496

Referencias a toda la norma

SECCION III - LEY N.o 12.803 - (PRESUPUESTAL)
CAPITULO XVI - INSTITUTOS DE PREVISION SOCIAL

Artículo 320

   Las retribuciones del personal presupuestado de la Caja de
Compensaciones por Desocupación en la Industria Frigorífica, de la Caja
de Compensaciones por Desocupación en las Barracas de lanas, Cueros y
Afines y de la Caja de Retirados y Pensionistas Militares se aumentarán
a partir del 1.o de julio de 1962, en la cantidad de $ 150.00 (ciento
cincuenta pesos) mensuales.
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