RENDICION DE CUENTAS Y BALANCE DE EJECUCION PRESUPUESTAL. EJERCICIO 1960




Promulgación: 07/12/1961
Publicación: 22/12/1961
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 2
  •    Semestre: 2
  •    Año: 1961
  •    Página: 1496

Referencias a toda la norma

SECCION III - LEY N.o 12.803 - (PRESUPUESTAL)
CAPITULO III - MINISTERIO DE DEFENSA NACIONAL

Artículo 135

   La función de Despachante de Aduana del Ministerio de Defensa
Nacional, será desempeñada por un Coronel o Teniente Coronel en situación
de actividad o de retiro, que dependerá directamente del Ministerio. A
este solo efecto, exceptúase al Ministerio de Defensa Nacional de lo que
dispone el artículo 25 de la ley N.o 12.803, de 30 de noviembre de 1960,
sin perjuicio de los traslados que establece el artículo 3.o de dicha 
ley.


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