TITULO XVIII - INGRESOS VARIOS CAPITULO III - PROVENTOS DEL INSTITUTO NACIONAL DEL TRABAJO y SERVICIOS ANEXADOS Y DEL "DIARIO OFICIAL"
Artículo 350
(Organo de Contralor). El Instituto Nacional del Trabajo y Servicios
Anexados vigilará el cumplimiento de las leyes de Pesas y Medidas y
sancionará a los infractores.