Decláranse comprendidas en el régimen de la ley N.o 10.853, de 23 de
octubre de 1946, sus concordantes y modificativas, a las Cuidadoras de
Asistencia Familiar de Alienados, dependientes del Ministerio de Salud
Pública.
La Caja de Jubilaciones y Pensiones Civiles y Escolares propondrá al
Poder Ejecutivo la reglamentación de esta ley, a los efectos del
reconocimiento de servicios y aportes jubilatorios.