AUTORIZACION PARA LA EMISION DE DEUDA PUBLICA




Promulgación: 10/02/1956
Publicación: 17/02/1956
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 0
  •    Año: 1956
  •    Página: 326
Referencias a toda la norma

CAPITULO V - RECURSOS

Artículo 34

   Los impuestos y demás recursos creados por esta ley, así como los
mayores rendimientos de los vigentes, producidos por modificaciones que
en ella se establecen, se destinarán íntegramente a Rentas Generales, sin
más excepciones que las dispuestas en su articulado.

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