AUTORIZACION PARA LA EMISION DE DEUDA PUBLICA




Promulgación: 10/02/1956
Publicación: 17/02/1956
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 0
  •    Año: 1956
  •    Página: 326
Referencias a toda la norma

CAPITULO IV - ECONOMIAS

Artículo 13

   El Poder Ejecutivo, dentro de los 120 días de promulgada esta ley,
dictará y pondrá en práctica normas relativas al contralor y abatimiento
de costos de consumo y aprovisionamiento de la Administración Pública.
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