CONTRABANDO




Promulgación: 22/10/1954
Publicación: 18/11/1954
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 0
  •    Año: 1954
  •    Página: 934
Reglamentada por: Decreto S/N de 12/04/1956.
Referencias a toda la norma

Artículo 25

   Declárase que el término establecido en el artículo 32 del decreto ley N° 10.257 es improrrogable, cuando se trata de sumarios por contrabando de ganado.
   Se considera omisión grave la demora injustificada en la instrucción de estos sumarios.
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