PRESUPUESTO. MODIFICACION




Promulgación: 11/12/1953
Publicación: 31/12/1953
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 2
  •    Semestre: 0
  •    Año: 1953
  •    Página: 1710
Referencias a toda la norma

Artículo 26

   Los funcionarios públicos que, de acuerdo con las leyes vigentes
gocen de cómputos jubilatorios especiales en atención al riesgo que 
comportan sus tareas o por la insalubridad de sus cometidos, no están 
comprendidos en la ley Nº 11.577, de 14 de octubre de 1950, en lo que se
refiere a la disminución de su jornada de trabajo.
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