ADMINISTRACION NACIONAL DE COMBUSTIBLES ALCOHOL Y PORTLAND (ANCAP). AUTORIZACION. DEUDA PUBLICA. AMPLIACION




Promulgación: 29/06/1953
Publicación: 07/07/1953
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 0
  •    Año: 1953
  •    Página: 579

Artículo 1

   Auméntase el capital de la Administración Nacional de Combustibles, 
Alcohol y Portland, en la suma de $ 19:000.000.00 (diez y nueve millones de pesos), con el objeto de instalar fábricas de Portland, completar la instalación del ingenio "El Espinillar" y cumplir los demás fines específicos que determina la ley N° 8.764, de 15 de octubre de 1931.
   A tal fin autorízase la ampliación de la "Deuda Industrial del Uruguay" en la suma de $ 19:000.000.00 (diez y nueve millones de pesos) con el servicio del 5% de interés anual y uno por ciento (1%) de amortización acumulativa, rigiendo para dicha ampliación las demás disposiciones legales aplicables a la Deuda que se amplía.
Referencias al artículo

MARTINEZ TRUEBA - HECTOR A. GRAUERT - EDUARDO ACEVEDO ALVAREZ - EDUARDO JIMENEZ DE ARECHAGA


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