PRESUPUESTO




Promulgación: 27/03/1953
Publicación: 06/04/1953
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 0
  •    Año: 1953
  •    Página: 291
Referencias a toda la norma

Artículo 94

   Declárase que el impuesto del 2% establecido en el apartado 1° del 
artículo 4° de la ley N° 7.986 de 26 de agosto de 1926, con que se grava la venta de boletos de Sport de Carreras Nacionales, es aplicable, en todo el territorio del país, a toda clase de apuestas relacionadas con el juego de carreras, como ser remates, cartas de catedráticos, apuestas similares y toda otra combinación de juego.

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