BANCO HIPOTECARIO DEL URUGUAY (BHU). AUTORIZACION. DEUDA PUBLICA. EMISION




Promulgación: 21/08/1951
Publicación: 29/08/1951
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 0
  •    Año: 1951
  •    Página: 891

Artículo 3

   Modifícase el artículo 22 de la ley Orgánica del Banco que quedará 
redactado en la siguiente forma: "Los Títulos, que tienen el carácter de fondos públicos, serán numerados y su emisión se hará por series designadas por letras o números y puestos en circulación por orden alfabético u ordinal; llevarán el sello de la República, la fecha de la emisión y las firmas en facsímil del Presidente, Gerente y Tesorero de la Institución.
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