PODER JUDICIAL. PRESUPUESTO. FIJACION DE TRIBUTO. VICESIMA. HERENCIAS, LEGADOS Y DONACIONES




Promulgación: 08/07/1950
Publicación: 25/07/1950
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 0
  •    Año: 1950
  •    Página: 694
Referencias a toda la norma

Artículo 28

   Los Tribunales y Juzgados durante el período comprendido entre el 1º de enero y 31 de diciembre de 1951, dispondrán la tasación de las costas 
causadas.
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