Ver: Ley Nº 16.736 de 05/01/1996 artículo 432,
Ley Nº 15.903 de 10/11/1987 artículos 101 (la Unidad Ejecutora
"Dirección Nacional de Subsistencias", pasará a denominarse "Dirección
Nacional de Comercio y Abastecimiento") y 102,
Decreto Ley Nº 15.167 de 06/08/1981 artículo 46.
Declárase que la facultad de establecer precios máximos para la venta al público de la carne, corresponde a los Municipios, de acuerdo con el
artículo 35, numeral 29, inciso A) de la ley número 9.515 del 28 de octubre de 1935.