Ver vigencia:
Decreto Ley Nº 14.157 de 21/02/1974 artículo 269,
Decreto Ley Nº 14.148 de 31/01/1974 artículo 1.
Ver: Ley Nº 13.835 de 07/01/1970 artículo 59 (Comando General del
Ejército, Comando General de la Armada, Comando General de la Fuerza
Aérea) (Comandante en Jefe del Ejército, Comandante en Jefe de la Armada,
Comandante en Jefe de la Fuerza Aérea).
Los Tribunales de Honor del Ejército y la Marina tienen por cometido juzgar la conducta de los Oficiales cuando cometan actos que afecten el decoro o el prestigio moral de los Institutos Armados.
En los casos de incidentes de carácter personal entre integrantes de
dichos Institutos, los Tribunales de Honor tendrán las facultades que la ley Nº 7.235 confiere a los que la misma instituye.