Ver vigencia:
Decreto Ley Nº 14.157 de 21/02/1974 artículo 269,
Decreto Ley Nº 14.148 de 31/01/1974 artículo 1.
Ver: Ley Nº 13.835 de 07/01/1970 artículo 59 (Comando General del
Ejército, Comando General de la Armada, Comando General de la Fuerza
Aérea) (Comandante en Jefe del Ejército, Comandante en Jefe de la Armada,
Comandante en Jefe de la Fuerza Aérea).
TITULO IV
De los Ascensos CAPITULO VII
Las promociones en tiempo de guerra
Artículo 115
Fuera de las excepciones previstas en los dos artículos anteriores, no podrán ser alteradas, en tiempo de guerra, las condiciones establecidas para el ascenso en tiempo de paz.