LEY ORGANICA MILITAR




Promulgación: 18/09/1941
Publicación: 27/09/1941
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 0
  •    Año: 1941
  •    Página: 780
Ver vigencia:
      Decreto Ley Nº 14.157 de 21/02/1974 artículo 269,
      Decreto Ley Nº 14.148 de 31/01/1974 artículo 1.
Referencias a toda la norma

TITULO X

De los Ascensos
CAPITULO II De las condiciones generales para el ascenso
Disposiciones referentes al arma de Aeronáutica

Artículo 279

   El ascenso por concurso se otorgará a los Oficiales que hubieran obtenido las mejores calificaciones en las pruebas de oposición que hubieren realizado de acuerdo a esta ley para llenar las vacantes para proveerse por este sistema en el grado correspondiente.
Respecto a los Oficiales de los Servicios Generales de la unidad ejecutora
033 "Dirección Nacional de Sanidad de las Fuerzas Armadas", el ascenso por
concurso se otorgará a quienes hubiesen obtenido el mayor puntaje, una vez
sumados los resultados obtenidos por méritos y prueba de oposición,
correspondiendo el 50% (cincuenta por ciento) del puntaje total a cada uno
de los factores de evaluación mencionados.
La Dirección Nacional de Sanidad de las Fuerzas Armadas establecerá los
méritos a considerar, la forma de acreditar los mismos, así como su
correspondiente puntaje.
El Poder Ejecutivo reglamentará este artículo. (*)

(*)Notas:
Redacción dada por: Ley Nº 18.996 de 07/11/2012 artículo 58.
Ver vigencia: Ley Nº 18.996 de 07/11/2012 artículo 2.
Derogado anteriormente por: Decreto Ley Nº 15.688 de 30/11/1984 artículo 
225.
Redacción dada anteriormente por: Ley Nº 10.757 de 27/07/1946 artículo 1.

TEXTO ORIGINAL: Ley Nº 10.757 de 27/07/1946 artículo 1, Ley Nº 10.050 de 18/09/1941 artículo 279.
Referencias al artículo
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