Fecha de Publicación: 19/01/1925
Página: 85
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MINISTERIO DE INSTRUCCION PUBLICA

Artículo 143

   Todos los documentos que tengan relación con la elección, así como las actas, registros, listas y sobres correspondientes, quedarán en poder y bajo la responsabilidad de la Junta Electoral, hasta tanto se haya resulto de la validez de la elección o sea reclamado por el Cuerpo que deba juzgarlo.
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