Fecha de Publicación: 11/09/2019
Página: 9
Carilla: 9

PODER EJECUTIVO
MINISTERIO DE INDUSTRIA, ENERGÍA Y MINERÍA

Artículo 4

   (Parques especializados).- El Poder Ejecutivo fomentará los parques industriales y los parques científico-tecnológicos especializados en determinado sector o área de actividad, pudiendo otorgar incentivos específicos a aquellos que cumplan con esta característica.
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