Fecha de Publicación: 25/10/2018
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Carilla: 2

PODER EJECUTIVO
CONSEJO DE MINISTROS

Artículo 55

   Suprímense en el Inciso 03 "Ministerio de Defensa Nacional", unidad ejecutora 018 "Comando General de la Armada", programa 300 "Defensa Nacional", veinticinco cargos vacantes de Alférez de Navío, diecisiete cargos vacantes de Alférez de Fragata y cinco cargos vacantes de Guardia Marina, todos de la Serie "De Comando" y del programa 460 "Prevención y represión del delito", cuatro cargos vacantes de Alférez de Navío, dieciséis cargos vacantes de Alférez de Fragata y quince cargos vacantes de Guardia Marina, todos de la Serie "De Comando".

   Créanse en el Inciso 03 "Ministerio de Defensa Nacional", unidad ejecutora 018 "Comando General de la Armada", programa 460 "Prevención y represión del delito", doscientos cargos de Marineros de Primera, Serie "De Comando", escalafón K "Personal Militar".

   Lo dispuesto en el presente artículo entrará en vigencia a partir de la promulgación de la presente ley.
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