Fecha de Publicación: 25/10/2018
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PODER EJECUTIVO
CONSEJO DE MINISTROS

Artículo 309

   Reasígnase en el Inciso 35 "Instituto Nacional de Inclusión Social Adolescente", programa 461 "Gestión de la privación de libertad", del objeto del gasto 289.009 "Prestaciones por Convenios Libertad Asistida y Vigilada - Comunidad" al grupo 0 "Servicios Personales", el equivalente en moneda nacional a 15.000 UR (quince mil unidades reajustables), con destino a la creación de nuevos puestos de trabajo.

   Lo dispuesto en este artículo entrará en vigencia a partir de la promulgación de la presente ley.
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