Fecha de Publicación: 25/10/2018
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PODER EJECUTIVO
CONSEJO DE MINISTROS

Artículo 283

   La Unidad "Educación, prevención y diagnóstico de la salud escolar" será dirigida por un Director designado por el Directorio de la Administración de los Servicios de Salud del Estado, quien será asesorado preceptivamente por una Comisión, integrada de la siguiente manera:

   A)   Dos delegados de la Administración de los Servicios de Salud del
        Estado, uno de los cuales la presidirá.

   B)   Dos delegados del Consejo Directivo Central de la Administración
        Nacional de Educación Pública.

   C)   Dos delegados de la Universidad de la República designados a
        propuesta de las Facultades de Medicina y de Odontología,
        respectivamente.

   D)   Dos delegados del Ministerio de Salud Pública.
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