Fecha de Publicación: 25/10/2018
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PODER EJECUTIVO
CONSEJO DE MINISTROS

Artículo 257

   (Comunicación de altas de actividad de los trabajadores al Banco de Previsión Social).- La Universidad de la República comunicará las altas de su personal a la Oficina de Gestión de Afiliaciones del Banco de Previsión Social, en el plazo de setenta y dos horas hábiles a contar de la fecha del efectivo ingreso del trabajador.
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