Fecha de Publicación: 25/10/2018
Página: 2
Carilla: 2

PODER EJECUTIVO
CONSEJO DE MINISTROS

Artículo 179

   Sustitúyese el numeral 2), del inciso tercero, del artículo 124 de la Ley N° 19.535, de 25 de setiembre de 2017, por el siguiente:

   "2)  Programa 280 "Bienes y servicios culturales", unidad ejecutora
        024 "Servicio de Comunicación Audiovisual Nacional", Financiación
        1.1 "Rentas Generales", la suma de $ 2.275.585 (dos millones
        doscientos setenta y cinco mil quinientos ochenta y cinco pesos
        uruguayos), del objeto del gasto 299.000 "Otros Servicios No
        Personales No Incluidos en los Anteriores", al objeto del gasto
        051.000 "Dietas".
Ayuda