Fecha de Publicación: 25/10/2018
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PODER EJECUTIVO
CONSEJO DE MINISTROS

Artículo 17

   Agrégase al artículo 486 de la Ley N° 15.903, de 10 de noviembre de 1987, modificativas y concordantes, el siguiente inciso:

   "Asimismo, es obligatoria la publicación en el sitio web de la Agencia
   de Compras y Contrataciones Estatales de los procedimientos previstos
   en el presente artículo, de conformidad con lo dispuesto en el
   artículo 31 de la Ley N° 18.834, de 4 de noviembre de 2011, con las
   modificaciones introducidas por el artículo 29 de la Ley N° 19.355, de
   19 de diciembre de 2015, y artículo 14 de la Ley N° 19.535, de 25 de
   setiembre de 2017 (artículo 50 del TOCAF)".
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