Sustitúyese el artículo 9° de la Ley N° 19.037, de 28 de diciembre de 2012, por el siguiente:
"ARTÍCULO 9°.- Créase el Consejo de Museos, con carácter de
órgano consultivo del Ministerio de Educación y Cultura en
materia de elaboración de políticas museísticas de alcance
nacional, que funcionará en el ámbito de la unidad ejecutora 003
"Dirección Nacional de Cultura", del Inciso 11 "Ministerio de
Educación y Cultura".