Fecha de Publicación: 25/10/2018
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PODER EJECUTIVO
CONSEJO DE MINISTROS

Artículo 166

   Sustitúyese el artículo 9° de la Ley N° 19.037, de 28 de diciembre de 2012, por el siguiente:

        "ARTÍCULO 9°.- Créase el Consejo de Museos, con carácter de
        órgano consultivo del Ministerio de Educación y Cultura en
        materia de elaboración de políticas museísticas de alcance
        nacional, que funcionará en el ámbito de la unidad ejecutora 003
        "Dirección Nacional de Cultura", del Inciso 11 "Ministerio de
        Educación y Cultura".
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