Fecha de Publicación: 25/10/2018
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PODER EJECUTIVO
CONSEJO DE MINISTROS

Artículo 115

   Sustitúyese el artículo 15 del Decreto-Ley N° 14.206, de 6 de junio de 1974, por el siguiente: 

        "ARTÍCULO 15.- Los cargos del Servicio Exterior tendrán, en orden
        jerárquico decreciente, las siguientes categorías y grados: 

   7 - Embajador / Embajadora 
   6 - Ministro / Ministra 
   5 - Ministro Consejero / Ministra Consejera 
   4 - Consejero / Consejera 
   3 - Primer Secretario / Primera Secretaria 
   2 - Segundo Secretario / Segunda Secretaria 
   1 - Tercer Secretario / Tercera Secretaria".
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