Fecha de Publicación: 30/12/2015
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PODER EJECUTIVO
CONSEJO DE MINISTROS

Fe de erratas publicada/s: 10/03/2016.

Artículo 752

   Sustitúyese el artículo 1° de la Ley N° 16.524, de 25 de julio de 1994, en la redacción dada por el artículo 1° de la Ley N° 17.451, de 10 de enero de 2002 y por el artículo 217 de la Ley N° 19.149, de 24 de octubre de 2013, por el siguiente:

        "ARTÍCULO 1°.- Créase el Fondo de Solidaridad como persona
        jurídica de derecho público no estatal, que tendrá como
        cometidos:

   1)   Administrar un sistema de becas para estudiantes de la
        Universidad de la República, del nivel terciario del Consejo de
        Educación Técnico-Profesional (Administración Nacional de
        Educación Pública) y de la Universidad Tecnológica, el que se
        financiará con la contribución especial regulada en el artículo
        3° de la presente ley, sin perjuicio de los legados, donaciones y
        de los recursos que el Fondo de Solidaridad obtenga por la
        prestación de servicios relacionados a su cometido.

   2)   Gestionar sistemas de becas de organismos públicos o entidades
        privadas, mediante la celebración de convenios en los que se
        instrumenten las obligaciones de cada parte, los que podrán
        comprender becas de educación terciaria o media y becas de
        excelencia. Serán recursos del Fondo de Solidaridad los ingresos
        que obtenga por la prestación de servicios de gestión de sistemas
        de becas, así como cualquier otro financiamiento que reciba por
        cumplir las actividades o programas de su competencia.

   3)   Procurar la continuidad de los estudios de los beneficiarios de
        las becas a través de servicios de apoyo y seguimiento, pudiendo
        destinar a este cometido los excedentes que resulten luego de
        haber cubierto todas las solicitudes de becas formuladas por los
        estudiantes que reúnan los requisitos para acceder al beneficio.

   4)   Asesorar en la elaboración de proyectos, planes o programas para
        la optimización y articulación de los sistemas de becas públicos
        y privados".
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