Fecha de Publicación: 30/12/2015
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PODER EJECUTIVO
CONSEJO DE MINISTROS

Fe de erratas publicada/s: 10/03/2016.

Artículo 677

   El programa 372 "Caminería Departamental" del Inciso 24 "Diversos Créditos", unidad ejecutora 002 "Presidencia de la República", contará con las siguientes asignaciones presupuestales:

Proyecto
Importe
999- Mantenimiento de la Red Vial Departamental
350.000.000
998- Mantenimiento de la Red Vial Subnacional
150.000.000
994 Complementario de Caminería Departamental y Subnacional
450.000.000
TOTAL
950.000.000
Los proyectos referidos precedentemente serán sustitutivos de los proyectos de similar denominación que hasta la fecha de vigencia de la presente ley eran ejecutados por el Inciso 10 "Ministerio de Transporte y Obras Públicas" y del proyecto 991 "Rehabilitación y Mantenimiento de Caminería Departamental" ejecutado en el ejercicio 2015 por el Inciso 24 "Diversos Créditos", unidad ejecutora 002 "Presidencia de la República", programa 492 "Apoyo a Gobiernos Departamentales y Locales". Los proyectos ejecutados en el marco del programa 372 "Caminería Departamental" deberán ser financiados con un mínimo del 30% (treinta por ciento) con recursos propios de los Gobiernos Departamentales.
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