Los subsidios que se transfieren a través de la Secretaría Nacional del Deporte deberán reasignarse en el Inciso 21 "Subsidios y Subvenciones", Financiación 1.1 "Rentas Generales", desde la unidad ejecutora 009 "Ministerio de Turismo" a la unidad ejecutora 002 "Presidencia de la República", en los mismos programas.