Separata
PODER EJECUTIVO CONSEJO DE MINISTROS
Fe de erratas publicada/s: 10/03/2016.
Autorízase al Inciso 33 "Fiscalía General de la Nación" a realizar las transformaciones de cargos que requiera el servicio, siempre que ello no implique aumento de crédito presupuestal, lo que será comunicado a la Contaduría General de la Nación, dando cuenta a la Asamblea General y al Tribunal de Cuentas.Ayuda