El Instituto Uruguayo de Meteorología (INUMET) podrá prestar servicios meteorológicos o climáticos en la Base Científica Antártica General Artigas.
El Directorio del INUMET podrá afectar personal y realizar las operaciones materiales y técnicas necesarias para cumplir con dichos servicios. Las erogaciones resultantes de la aplicación del presente artículo serán atendidas con cargo a los créditos presupuestales del Instituto.