Fecha de Publicación: 30/12/2015
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PODER EJECUTIVO
CONSEJO DE MINISTROS

Fe de erratas publicada/s: 10/03/2016.

Artículo 619

   Autorízase en el Inciso 32 "Instituto Uruguayo de Meteorología" (INUMET), programa 420 "Información Oficial y Documentos de Interés Público", con cargo a la Financiación 1.1 "Rentas Generales", una partida de $ 35.510.191 (treinta y cinco millones quinientos diez mil ciento noventa y un pesos uruguayos) para el ejercicio 2016 y de $ 65.510.191 (sesenta y cinco millones quinientos diez mil ciento noventa y un pesos uruguayos) para los ejercicios 2017 a 2019, según el siguiente detalle:
Concepto
ODG/Proy
2016
2017
2018
2019
Remuneraciones
098.000 "Serv.Personales para uso excl.Entes Descentr.Pto.Nal."
20.510.191
35.510.191
35.510.191
35.510.191
Funcionamiento
198.000 "Repuestos y accesorios"
5.000.000
15.000.000
15.000.000
15.000.000
Inversiones
720 "Adquisición de equipam. informático y de comunicaciones"
10.000.000
15.000.000
15.000.000
15.000.000
TOTALES
35.510.191
65.510.191
65.510.191
65.510.191
El INUMET podrá establecer en el ejercicio 2016 una partida para atender inequidades salariales que se financiará exclusivamente con los recursos asignados al mismo, y tendrá un monto máximo de hasta $ 3.000.000 (tres millones de pesos uruguayos). La Contaduría General de la Nación asignará un objeto del gasto específico para la presente partida, asimismo el INUMET reglamentará la presente disposición.
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