Fecha de Publicación: 30/12/2015
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PODER EJECUTIVO
CONSEJO DE MINISTROS

Fe de erratas publicada/s: 10/03/2016.

Artículo 592

   Increméntase en el Inciso 29 "Administración de los Servicios de Salud del Estado", la asignación presupuestal del grupo 0 "Servicios Personales", con cargo a la Financiación 1.1 "Rentas Generales", en $ 50.000.000 (cincuenta millones de pesos uruguayos) para el ejercicio 2016 y en una partida anual de $ 200.000.000 (doscientos millones de pesos uruguayos) a partir del ejercicio 2017, con destino a la creación de cargos asistenciales y de apoyo, para implementar los proyectos priorizados en el marco del fortalecimiento de los servicios que presta el organismo. Las partidas autorizadas por este artículo incluyen aguinaldo y cargas legales.
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